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Corte Suprema

MARQUEZ ALICIA JOSEFA Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL Y OTRO s/ACCION DE AMPARO

Los actores reclamaban la restitución de depósitos bancarios y de cuotas de fondos comunes de inversión frente al Estado Nacional. La Corte Suprema hizo lugar a los recursos extraordinarios, rechazó la demanda respecto de los fondos comunes de inversión y reconoció a los actores el derecho a obtener el reintegro de sus depósitos bancarios en pesos a $1,40 por dólar, ajustado por CER y con intereses del 4% anual, remitiendo a los precedentes Massa y Kujarchuk.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 1137. XXXIX. RHE
Corralito Pesificacion Depositos bancarios Fondos comunes de inversion Cer Reintegro de depositos Amparo ley 16.986 Estado nacional Ley 25.561 Decreto 1570/01

¿Quién es el actor?

Alicia Josefa Marquez y otro; Manuel Cañadas Bascuñana; Olga Angélica Sorg y otro.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Restitución de depósitos bancarios y de cuotas de fondos comunes de inversión convertidos a pesos en el marco de las medidas de corralito y pesificación.

¿Qué se resolvió?

Se hacen lugar a las quejas, se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias apeladas. En cuanto a los fondos comunes de inversión, se rechaza la demanda en los términos de la causa "Mata Peña". En cuanto a los depósitos bancarios, se declara el derecho de los actores a obtener de la entidad bancaria el reintegro de sus depósitos convertidos a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, con deducción de pagos a cuenta y con exclusión de los supuestos de canje por bonos o de aplicación a fines específicos. Las costas se imponen por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte sostiene que, en lo relativo a los depósitos bancarios, las cuestiones son sustancialmente análogas a las resueltas en "Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986" (Fallos: 329:5913), a cuyos fundamentos corresponde remitir "en razón de brevedad". Asimismo, el juez Fayt se remite a sus consideraciones en "Apiriz, María Marcela c/ P.E.N. - ley 25.561 dtos. 214/02 y 1570/01 s/ amparo ley 16.986" (Fallos: 330:331). Respecto de los fondos comunes de inversión, resulta aplicable el criterio de "Mata Peña, José Rafael y otro c/ Estado Nacional y otro s/ amparo" (sentencia del 11 de diciembre de 2007). Los límites del reconocimiento se fijan con remisión a "Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PEN - ley 25.561 dtos. 1570/01 y 214/02 s/ amparo ley 16.986" (28 de agosto de 2007).

Normas que cita

Fallos que cita

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