JurisprudenciaARG
Corte Suprema

GONZALEZ CHIPONT HORACIO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL (MINISTERIO DE DEFENSA - EJERCITO ARGENTINO) s/ORDINARIO

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios deducidos por el Estado Nacional y confirmó las sentencias que reconocieron al personal militar, en actividad y retirado, que el adicional creado por los decretos 2000/91 y 628/92 tiene carácter remunerativo y bonificable. Lo resolvió por remisión a sus precedentes en las causas 322:1868 y 2398.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 343. XXXVII. RHE
Personal militar Adicional remunerativo Bonificable Decreto 2000/91 Decreto 628/92 Haberes Fuerzas armadas Recurso extraordinario Precedentes csjn Retirados

¿Quién es el actor?

Horacio González Chipont y otros (personal militar, en actividad y retirado), junto con Domingo Faustino Brito y otros en los autos conexos B.437.XXXVII.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Defensa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de los adicionales creados por los decretos 2000/91 y 628/92.

¿Qué se resolvió?

La Corte hizo lugar a las quejas, declaró procedentes los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, que habían hecho lugar a las demandas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la recurrente no pueden ser atendidos ya que lo resuelto por la alzada remite a lo decidido por esta Corte en las causas: 322:1868 y 2398, respecti-vamente, sin que se adviertan razones que justifiquen apartarse de dichos precedentes." La sentencia no desarrolla fundamentos propios: su argumento central es la doctrina de los precedentes citados. Se imponen las costas por su orden.

Normas que cita

  • Decreto 2000
  • Decreto 628

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.