BENGOLEA OSCAR ERNESTO c/ ANSES s/JUBILACION POR INVALIDEZ
El beneficiario promovió demanda contra la ANSeS para obtener la jubilación por invalidez, y la demandada dedujo recurso ordinario contra la sentencia que se la reconoció por incapacidad psicofísica del 85%. La Corte Suprema confirmó el fallo, al considerar que el peritaje médico de la demandada no prevalece sobre los dictámenes coincidentes de la Fuerza Aérea y de los médicos forenses, y que la defensa por limitación de recursos de la ley 24.463 resultaba inaplicable por remisión a un precedente.
¿Quién es el actor?
Oscar Ernesto Bengolea.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Jubilación por invalidez.
¿Qué se resolvió?
La Corte admitió el recurso ordinario de apelación y confirmó la sentencia apelada. Costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Sobre la prueba médica, la Corte sostuvo que "el hecho de que el peritaje médico administrativo efectuado por el organismo previsional diera un porcentaje de minusvalía -30%- inferior al exigido por la ley 18.037, no importa que sus conclusiones deban prevalecer a fin de establecer la verdadera situación psicofísica del beneficiario, máxime cuando existe coincidencia entre los dictámenes elaborados por la Fuerza Aérea Argentina y los médicos forenses que intervinieron en las instancias anteriores en cuatro oportunidades respecto de la incapacidad laboral total y permanente del administrado".
Sobre el tribunal de origen, se señaló que "el tribunal ordenó, como medida para mejor proveer, la intervención del servicio médico forense de la jurisdicción local, que -en virtud de las constancias obrantes en la causa, examen del beneficiario y la realización de distintos estudios- estableció que el actor se encontraba totalmente incapacitado al 30 de junio de 1994".
Sobre la limitación de recursos de la ley 24.463, la Corte expresó que "tal agravio debe ser rechazado toda vez que lo decidido en el punto coincide con lo resuelto por esta Corte en la causa: C.1183.XXXV 'Coter, Yolanda Rosa c/ ANSeS s/ pensiones', fallada con fecha 13 de febrero de 2001, a cuyas consideraciones corresponde remitir por razón de brevedad".
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 19, 21 · Solidaridad previsional
- Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- Coter, Yolanda Rosa c/ ANSeS s/ pensionesCSJN · 13/02/2001
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