JurisprudenciaARG
Corte Suprema

FRANCO MARIA INES c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO

La Corte Suprema hizo lugar a las quejas y a los recursos extraordinarios en las causas por el corralito bancario, dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció a los ahorristas el derecho a recuperar sus depósitos en dólares convertidos a pesos a razón de $1,40 por dólar, con ajuste por CER e intereses del 4% anual, remitiendo a los fundamentos del precedente Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 1482. XL. RHE
Corralito bancario Pesificacion Depositos en dolares Ley 25.561 Decreto 1570/01 Decreto 214/02 Reintegro de depositos Cer Intereses Derecho de propiedad.

¿Quién es el actor?

Titulares de depósitos bancarios en dólares, reunidos en un centenar de causas acumuladas por la CSJN (entre ellas "Franco Maria Ines c/ PEN").

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional, con intervención de la entidad bancaria depositaria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reintegro de depósitos en dólares retenidos por el régimen de la Ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02 (pesificación).

¿Qué se resolvió?

Se declaró el derecho de los actores a obtener el reintegro de su depósito convertido a pesos a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable. Se deja sin efecto las sentencias apeladas. Las costas de esta instancia se distribuyen por su orden; las anteriores se mantienen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte remite en razón de brevedad a los fundamentos y conclusiones de "Massa" (Fallos: 329:5913, 27/12/2006), por ser las cuestiones sustancialmente análogas. Precisa que el reconocimiento del derecho se realiza con el límite pecuniario de lo decidido por la cámara y con exclusión de los supuestos en que la obligación se extinguió por canje por bonos o por aplicación del importe a fines específicos. Cita como antecedente la causa K.90.XLIII "Kujarchuk" (28/08/2007) para el modo de computar los pagos a cuenta. Se alude a "la excepcional situación suscitada en esta clase de causas" para justificar la distribución de costas y la devolución de las actuaciones a primera instancia.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PENCSJN · 28/08/2007

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.