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Corte Suprema

LAVALLE AMELIA MARIANGELA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS en el reclamo de reajuste por movilidad de una jubilada y revocó la sentencia apelada. Lo resolvió remitiendo a los precedentes Schiariti, Iglesias y Arena, que examinaron la aplicación de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 y la inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 277. XXXVII. ROR
Movilidad jubilatoria Reajuste previsional Ley 24.463 Ley 24.463 arts. 22 y 23 Ley de solidaridad previsional art. 21 Inconstitucionalidad Recurso ordinario Anses Schiariti Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Amelia Mariángela Lavalle.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de su haber previsional por movilidad.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso ordinario deducido por la ANSeS y revocó la sentencia apelada, "con el alcance que surge de los considerandos de los fallos 'Schiariti', 'Iglesias' y 'Arena' citados". Las costas se impusieron por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1°) Que las cuestiones relacionadas con los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, han sido examinadas y resueltas por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:1861 ('Schiariti') y en la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 17 de abril de 2001."

"2°) Que los agravios vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en la causa A.20.XXXVI. 'Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 9 de agosto de 2001, a la que cabe remitir por razón de brevedad."

"3°) Que los restantes agravios suscitan cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por el Tribunal en Fallos: 323:3135, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

No hubo votos en disidencia: la decisión es unánime.

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
  • Ley Solidaridad Previsional (ley 24.629)art. 21

Fallos que cita

  • SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
  • Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 09/08/2001
  • Fallos 323:3135CSJN

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