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Corte Suprema

LERINI CARLOS ALBERTO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE ECONOMIA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Los actores reclamaron la entrega de acciones clase C del Programa de Propiedad Participada de Hidronor S.A. y los daños derivados de su omisión. La Procuración General dictaminó que corresponde hacer lugar al recurso extraordinario y dejar sin efecto la fijación del porcentaje de participación del 2%, por falta de razones válidas y por haberse soslayado acuerdos de egreso y prestaciones de tareas en otras sedes.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 807. XLIII. RHE
Propiedad participada Hidronor s.a. Acciones clase c Danos y perjuicios Porcentaje de participacion Decreto 287/93 Decreto 2743/92 Fecha de corte Articulo 241 lct Recurso extraordinario.

¿Quién es el actor?

Jorge Lerini y otros accionantes (cinco de los cuales obtuvieron condena en primera y segunda instancia).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Economía.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por la falta de entrega de acciones clase C correspondientes al Programa de Propiedad Participada de Hidronor S.A.

¿Qué se resolvió?

Propone declarar procedente el recurso extraordinario de los actores, dejar sin efecto la sentencia apelada en cuanto fijó la participación en el 2% y confirmarla en lo restante. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, Sala I, había confirmado la condena respecto de cinco actores y descartado la de otros cinco, fijando la fecha de corte al 29/12/92 y el porcentaje en el 2% conforme al decreto n° 287/93.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...la Sala no proveyó razones válidas para decidir como lo hizo, máxime si consideró que la fecha de corte estuvo dada por el dictado del decreto n° 2.743/92, que situó dicha participación -si bien a propósito del capital de Transener S.A.- en el 10% (v. art. 20)."

"Se suma al señalamiento efectuado, además, no sólo que se pretirieron los acuerdos suscriptos por varios actores, en el plano del artículo 241 de la LCT, incluyendo una 'gratificación especial por egreso'..., sino que se soslayaron, incluso, extremos como la prestación de tareas de algunos de ellos en sitios como Alicurá, El Chocón, Piedra del Águila..."

"La índole de la solución propuesta en el último ítem no implica anticipar criterio sobre el fondo del problema."

Remisión al dictamen en S.C. G. 607, L. XLIII, "Gallinger, José y otros c/ Estado Nacional - Ministerio de Economía" (30/06/08).

Normas que cita

  • Ley 23.696art. 22 inc. a · Reforma del estado
  • Ley 24.065art. 93 · Energia electrica
  • Decreto 2.686art. 2 inc. b
  • Decreto 584art. 5
  • Decreto 287arts. 1, 2, 8, 22
  • Decreto 2.743art. 20
  • Ley 20.744

Fallos que cita

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