JurisprudenciaARG
Corte Suprema

MARROCHETTI JUAN MARCELO s/S/PTA. INF. LEY 23737

Se planteó una contienda negativa de competencia entre el Juzgado Federal n° 1 y el Juzgado de Garantías n° 2 de La Plata por una causa de presunta comercialización de estupefacientes. La Procuración General dictaminó que corresponde que siga conociendo el Juzgado Federal n° 2 de La Plata, por ser el que primero intervino y por la vinculación entre los legajos, con fundamento en la ley 26.052 y su artículo 7°.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 384. XLIV. COM
Contienda negativa de competencia Ley 23.737 Ley 26.052 Estupefacientes Competencia material Adhesion provincial Ley 13.392 Justicia federal Justicia local Causas en tramite

¿Quién es el actor?

DESCONOCIDO (no aplica en este tipo de trámite; las partes son los órganos judiciales en conflicto).

¿A quién se demanda?

Juan Marcelo Marrochetti (imputado) y la persona apodada "Miguelón" (presunto vendedor), según la investigación.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

determinar qué tribunal debe conocer en la causa iniciada por infracción a la ley de estupefacientes, a raíz de la detención de Marrochetti el 26 de octubre de 2005 al intentar ingresar sustancia estupefaciente a la Unidad n° 8 del Servicio Penitenciario Provincial.

¿Qué se resolvió?

la Procuración General considera que corresponde seguir conociendo en la presente al Juzgado Federal n° 2 de La Plata.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la ley 26.052 modificó sustancialmente la competencia material para algunas de las conductas típicas contenidas en la ley de estupefacientes, que asignó a la jurisdicción local respecto de aquellas provincias que adhirieran a su régimen."

"las causas en trámite alcanzadas por la presente ley continuarán su tramitación por ante el fuero en que se estuvieren sancionando."

"Atento que la provincia de Buenos Aires expresó su adhesión mediante la ley 13.392, publicada el 2 de diciembre de 2005, y que este proceso se inició el 26 de octubre de ese año (fs. 1), y no al momento de tomar conocimiento del lugar donde el imputado habría adquirido la sustancia..."

Los legajos "se encuentran íntimamente relacionados, principalmente si se tiene en cuenta que la investigación del comercio parte del descargo vertido en la indagatoria."

Se cita como precedente la Competencia n° 926 L. LXII, "Bagnuelo, Cristian y otro s/ infracción a la ley 23.737", resuelta el 20 de marzo de 2007.

Normas que cita

  • Ley 23.737Modificacion al codigo penal
  • Ley 26.052art. 7 · Estupefacientes
  • Ley 13.392 (Provincia De Buenos Aires)

Fallos que cita

  • Bagnuelo, Cristian y otro s/ infracción a la ley 23.737CSJN · 20/03/2007
  • Fallos 317:929CSJN
  • Fallos 318:182CSJN
  • Fallos 323:2032CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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