CENTER FOR BLOOD RESEARCH INC c/ INCIDENTE NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL s/DENEGATORIA DE PATENTE
Center for Blood Research Inc. promovió una solicitud de patente cuya denegatoria por el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial fue cuestionada en sede judicial. El Procurador General dictaminó que corresponde revocar la sentencia de la Cámara que había confirmado la inconstitucionalidad del artículo 100 del decreto 260/96 y la revocación de la denegatoria.
¿Quién es el actor?
Center for Blood Research Inc.
¿A quién se demanda?
Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
solicitud de patente P 98 01 00749 del 19.02.98 (compuestos farmacéuticos), divisional de otra del 11.06.92, con prioridad norteamericana del 11.06.91.
¿Qué se resolvió?
la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal (Sala 3) confirmó la decisión de grado que declaró la inconstitucionalidad del artículo 100 del decreto 260/96 y revocó la denegatoria del INPI. El INPI interpuso recurso extraordinario, concedido según el artículo 14 de la ley 48. El dictamen de la Procuración General concluye que la apelación federal es procedente y cabe revocar la sentencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la Cámara ... se apoyó, en esencia, en antecedentes del tribunal en los que se concluyó la invalidez constitucional del artículo 100 del decreto 260/96 y en que: a) el planteo divisional no recoge 'materia nueva' en orden a la proscripción sentada por el artículo 70.7 del Acuerdo sobre los ADPIC; y, b) la denegatoria del INPI, basada en el precepto declarado inválido, importó el rechazo definitivo de la pretensión actora". Y: "En mi opinión, las cuestiones materia de recurso en estos obrados guardan substancial analogía con las examinadas en S.C. P. n° 282, L. XXXVI, 'Pfizer Inc. c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ denegatoria de patente', sentencia del 21.05.02. Por lo dicho, en orden al criterio allí expuesto por V.E., la apelación federal resulta procedente y cabe revocar la sentencia."
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Leyes que cita
- Ley 48Justicia nacional
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