BENITEZ, GABRIEL EZEQUIEL Y OTROS c/ BUENOS AIRES, PROVINCIA DE Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Gabriel Ezequiel Benítez y otros demandaron a la Provincia de Buenos Aires y otros por daños y perjuicios, y el codemandado Alejandro Santiago Granados planteó la nulidad de la cédula de traslado de la demanda. La Corte Suprema declaró la nulidad de esa notificación por haberse practicado sin el aviso de ley del art. 339 del CPCCN y en un domicilio distinto al denunciado, lo que afectó el derecho de defensa, con costas.
¿Quién es el actor?
Gabriel Ezequiel Benítez y otros.
¿A quién se demanda?
Provincia de Buenos Aires y otros, entre ellos el codemandado Alejandro Santiago Granados.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
daños y perjuicios.
¿Qué se resolvió?
se declaró la nulidad de la notificación que da cuenta la cédula de fs. 237, con costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la notificación ha sido practicada en forma errónea pues no se ha dado el aviso de ley que el art. 339 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación prescribe para la citación del demandado; por otro lado el codemandado ha denunciado un domicilio real que difiere del inserto en la cédula en cuestión, el que no sido cuestionado por el actor."
"al no haberse actuado de la manera correcta la nulidad planteada debe prosperar porque el demandado se ha visto impedido de ejercer en tiempo y forma el derecho de defensa en juicio (art. 18, Constitución Nacional)."
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Normas que cita
- CPCCNarts. 339, 68, 69 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Constitución Nacionalart. 18
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