MONTES ADRIANA MARIA Y OTRO c/ PIÑEIRO MONLAO ELENA s/EJECUCION HIPOTECARIA
La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró procedente la queja y el recurso extraordinario interpuesto por la ejecutada en un juicio hipotecario bajo el régimen de refinanciación de la ley 26.167. El Tribunal revocó la resolución apelada, rechazando los planteos de la actora sobre el destino del préstamo por considerarlos tardíos e inadecuados frente a la cláusula que afectaba el crédito a reparaciones de la casa habitación.
¿Quién es el actor?
Adriana María Montes y otro.
¿A quién se demanda?
Elena Piñeiro Monlao (ejecutada/deudora).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
ejecución hipotecaria de un mutuo comprendido en el régimen de refinanciación hipotecaria de la ley 26.167, cuestionándose el cumplimiento de los requisitos de ingreso al sistema, en particular el destino del préstamo.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, se declaró procedente la queja y formalmente admisible el recurso extraordinario, se revocó la resolución apelada y se ordenó al juez de primera instancia fijar un plazo no mayor a 30 días para que la deudora opte por cancelar el crédito conforme a la ley 26.167. Las costas se impusieron en el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las cuestiones planteadas en el presente juicio resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa B.1160.XLII 'Baschi, Ferruccio y otro c/ Guntin, Carlos Alberto y otro', fallada el 29 de abril de 2008, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad."
"Los argumentos desarrollados por la actora referentes al incumplimiento de los requisitos exigidos para el ingreso al sistema de refinanciación hipotecaria atinentes al destino del préstamo, resultan inadecuados a poco que se advierta que en la cláusula décimo segunda del mutuo se dejó constancia de que 'el deudor afecta el importe del presente crédito a la realización de reparaciones en el inmueble que hipoteca, el que constituye su casa habitación...'"
"Los planteos efectuados por la parte actora sobre el punto resultan el fruto de una reflexión tardía, pues no fueron invocados al plantear la inconstitucionalidad del régimen de refinanciación que exigía idénticos requisitos, circunstancia que explica que no se haya producido la prueba correspondiente."
¿Cómo votaron los jueces?
el juez Petracchi se remitió a su disidencia en la causa "Baschi" (no se transcriben sus fundamentos en este fallo).
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Normas que cita
- Ley 26.167Emergencia publica
Fallos que cita
- Baschi, Ferruccio y otro c/ Guntin, Carlos Alberto y otroCSJN · 29/04/2008
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