CICHELLI GUILLERMO PABLO c/ s/CITIBANK N.A. DEDUCE APELACION ART. 195 BIS DEL CPCCN EN AUTOS: CICHELLI GUILLERMO PABLO C/ PEN S/ AMPARO
La Corte Suprema rechazó la tacha de inconstitucionalidad de la ley 25.587, en cuanto a la aplicación de su art. 8°, por remisión a un pronunciamiento dictado en causas conexas. Dispuso remitir las actuaciones a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.
Actor (quien deduce el planteo): Guillermo Pablo Cichelli, en el marco del amparo promovido contra el Poder Ejecutivo Nacional (caratulado "Cichelli, Guillermo Pablo c/ PEN s/ amparo").
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Poder Ejecutivo Nacional).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Tacha de inconstitucionalidad de la ley 25.587, en lo relativo a la aplicación de su art. 8°.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la tacha de inconstitucionalidad formulada a fs. 88/91 vta., en lo relativo al cumplimiento de lo dispuesto en el art. 8° de la ley 25.587. Se ordenó remitir las actuaciones, junto con los autos principales, a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que con relación a la tacha de inconstitucionalidad de la ley 25.587 efectuada en la presentación de fs. 88/91 vta., en cuanto se relaciona a la aplicación de lo dispuesto en su art. 8°, corresponde remitirse, por razones de brevedad, al pronunciamiento dictado en la fecha en las causas G.1244.XXXVIII, G.217.XXXVIII y G.872.XXXVIII 'Grupo Valastro y Moscuzza s/ deduce apelación art. 195 bis...', en particular, a lo expuesto en sus considerandos 6° y 7°."
"Al rechazarse, en consecuencia, el mencionado planteamiento de inconstitucionalidad en lo referente a la aplicación de la mencionada norma, deben ser remitidas las presentes actuaciones, junto con los autos principales que corren agregados por cuerda, a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, de acuerdo con lo establecido por el art. 8° de la ley 25.587."
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Normas que cita
- Ley 25.587art. 8 · Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- CPCCNart. 195 bis · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Grupo Valastro y Moscuzza S.A. c/ Estado Nacional - Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos s/ acción ordinariaCSJN
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