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Corte Suprema

RICAURTE LUIS HERNAN c/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 s/AMPARO LEY 16986

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios en amparos contra el corralito bancario y dejó sin efecto las sentencias apeladas. Reconoció a los depositantes el derecho a recuperar sus depósitos en dólares convertidos a pesos a $1,40 por dólar, ajustados por CER más intereses del 4% anual, remitiendo a los fundamentos del precedente Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 2063. XL. REX
Corralito bancario Amparo Ley 25.561 Emergencia economica Conversion a pesos Depositos en dolares Cer Intereses Deposito bancario Recurso extraordinario

¿Quién es el actor?

Luis Hernán Ricaurte y otros depositantes (ver la numerosa nómina de actores acumulados en los autos).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Poder Ejecutivo Nacional) y, en cada caso, la entidad bancaria depositaria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparos contra las normas de emergencia económica (Ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02) que dispusieron la conversión a pesos de los depósitos en dólares y su restitución en condiciones distintas a las pactadas.

¿Qué se resolvió?

se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias apeladas. Se reconoce el derecho de los actores a obtener el reintegro de su depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta lo abonado por el banco en el pleito y en cumplimiento de cautelares. Se excluyen los casos en que la obligación se extinguió por canje por bonos o aplicación del importe a fines específicos. Costas de esta instancia en el orden causado; las anteriores, como fueron fijadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte remite en razón de brevedad a los fundamentos y conclusiones del precedente "Massa" (Fallos: 329:5913, sentencia del 27/12/2006), por ser las cuestiones sustancialmente análogas. Asimismo, remite a la causa "Kujarchuk" (sentencia del 28/08/2007) para la forma de imputar los pagos a cuenta. No se transcriben párrafos argumentales propios de esta sentencia, que es de remisión.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/PEN Ley 25.561 dtos. 1570/01 214/02 s/amparo ley 16.986CSJN · 28/08/2007

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