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Corte Suprema

NAJLE CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Jubilados promovieron recursos contra sentencias que fijaron el plazo y las modalidades de cumplimiento de reajustes previsionales. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo a los precedentes Perletto y Aguilar en materia de plazo de cumplimiento y tasa de interés.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
N. 31. XXXVIII. ROR
Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Plazo de cumplimiento de sentencia Modalidades de pago Tasa de interes Anses Recurso ordinario Seguridad social Costas por su orden Art. 21 ley 24.463

¿Quién es el actor?

Carlos Najle y Antonio Calandra.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haberes previsionales, con especial referencia al plazo y modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste, y a la tasa de interés aplicable.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios y confirmó las sentencias apeladas "con el alcance que surge de los considerandos de los fallos citados". Las costas se distribuyeron por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la cuestión que se suscita en las presentes causas, vinculada con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por este Tribunal en el precedente P.822.XXXVI. 'Perletto, Ricardo Alberto c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallado con fecha 5 de febrero de 2002, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

"Que los agravios vinculados con la tasa de interés encuentran adecuada respuesta en la causa A.376.XXXV. 'Aguilar, Froilán c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 21 de mayo de 2002, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

Se trata de una sentencia por remisión: los fundamentos sustanciales están en los precedentes citados, no en el texto de este fallo.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Perletto, Ricardo Alberto c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 05/02/2002

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