JurisprudenciaARG
Corte Suprema

BUONO OFELIA FELISA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

Se trata de recursos ordinarios interpuestos por la ANSeS y el Ministerio Público en reclamos por reajustes previsionales en el marco de la movilidad jubilatoria. La Corte Suprema declaró procedentes dichos recursos y revocó las sentencias apeladas con el alcance fijado en el precedente Arena, declarando la deserción del recurso de la ANSeS respecto de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 1043. XXXVI. ROR
Movilidad previsional Reajuste de haberes Ley de solidaridad previsional Inconstitucionalidad Art. 21 ley 24.463 Anses Recurso ordinario Precedente arena Desercion del recurso Seguridad social

¿Quién es el actor?

Ofelia Felisa Buono y otros (Eduardo Roberto Kravchenco, José Alberto Martínez, Asunción Aida Pimpinelli, Juan Francisco Zarco).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes por movilidad de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y del Ministerio Público, y revocó las sentencias apeladas con el alcance que surge de los considerandos del fallo "Arena". Costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en el precedente publicado en Fallos: 324:2360 ('Arena'), a la que cabe remitir por razón de brevedad."

"Los agravios de la ANSeS respecto de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463 no se compadecen con lo resuelto, por lo que deben ser desestimados y declarar sobre el punto la deserción del recurso."

"Los restantes agravios de la ANSeS guardan sustancial analogía con los examinados y resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 21, 22, 23 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • ArenaCSJN · Fallos 324:2360
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.