JurisprudenciaARG
Corte Suprema

LIZARDO DIEGO GABRIEL c/ ESTADO NACIONAL MIN. DE JUST. SEG. Y DERECHOS POL. FED. ARG. s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La Corte Suprema confirmó la sentencia que rechazó la demanda de daños y perjuicios promovida por Diego Gabriel Lizardo contra el Estado Nacional y la Policía Federal Argentina, por remisión a los fundamentos del precedente Leston. Los doctores Highton de Nolasco y Zaffaroni votaron en disidencia, por considerar que correspondía remitir al precedente Aragón y dejar sin efecto la sentencia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 700. XLIII. REX
Danos y perjuicios Estado nacional Policia federal argentina Recurso extraordinario Remision a precedente Leston Aragon Costas en el orden causado Disidencia.

¿Quién es el actor?

Diego Gabriel Lizardo.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos) y Policía Federal Argentina.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios.

¿Qué se resolvió?

La Corte confirmó la sentencia apelada, con costas en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Mayoría: "Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte presentan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en la causa L.377.XLI 'Leston, Juan Carlos c/ Estado Nacional - Ministerio del Interior - Policía Federal Argentina s/ daños y perjuicios', sentencia del 18 de diciembre de 2007, a cuyos fundamentos corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

Costas: "Costas en el orden causado, en atención a la naturaleza de la cuestión planteada (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado en la causa A.1372.XXXVIII. 'Aragón, Raúl Enrique c/ Estado Nacional Ministerio del Interior Gendarmería Nacional s/ daños y perjuicios' (Fallos: 330:5205), del 18 de diciembre de 2007 (disidencia de los jueces Highton de Nolasco y Zaffaroni), a cuyos fundamentos, en lo pertinente, corresponde remitir en razón de brevedad." Por ello, en su voto, "se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada", con vuelta de los autos al tribunal de origen.

Normas que cita

  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.