SANTORO NESTOR ALFREDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó el reajuste de su haber jubilatorio por la aplicación de la movilidad y la tasa de interés. La Corte Suprema confirmó la tasa de interés y lo decidido en materia de costas, en línea con los precedentes Spitale y Flagello, y ordenó el cumplimiento del fallo en el plazo del art. 2° de la ley 24.153.
¿Quién es el actor?
Néstor Alfredo Santoro.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber jubilatorio, con cuestionamientos sobre la aplicación de la ley 25.344, el art. 21 de la ley 24.463, la tasa de interés y el art. 16 de la ley 24.463.
¿Qué se resolvió?
se rechazó el planteo del jubilado de fs. 122; se declararon procedentes los recursos ordinarios deducidos; se ordenó el cumplimiento de la sentencia en el plazo del art. 2° de la ley 24.153; y se confirmó la sentencia apelada respecto de la tasa de interés y de las costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Lo resuelto por el juez de grado sobre el punto quedó firme al no haber sido objeto de agravios ante la cámara, de modo que resulta improcedente volver sobre un debate que se encuentra clausurado."
Respecto del planteo vinculado al caso "Sánchez", se sostiene que "guarda sustancial analogía con el analizado por esta Corte y resuelto en contra de sus pretensiones en las causas 'Andino' (Fallos: 328:3041) y C.617. XLI 'Cortiñaz, Susana Emilia c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 9 de agosto de 2005."
Sobre el art. 21 de la ley 24.463: los agravios "guardan sustancial analogía con cuestiones que han sido tratadas por esta Corte en la causa F. 444. XXXVIII 'Flagello, Vicente c/ ANSeS s/ interrupción de prescripción' ... a cuyos términos corresponde remitirse."
Sobre la tasa pasiva de interés: "encuentran adecuada respuesta en la causa 'Spitale' (Fallos: 327:3721), cuyas consideraciones se dan por reproducidas."
Sobre el art. 16 de la ley 24.463: "deviene abstracto el tratamiento de las impugnaciones ... pues dicha norma ha sido derogada por la ley 26.153." El cumplimiento "deberá efectuarse en el plazo allí previsto (conf. Art. 2°)."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 16, 19, 21 · Solidaridad previsional
- Ley 25.344Emergencia economica-financiera
- Ley 24.153art. 2
- Ley 26.153art. 2 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- SánchezCSJN · Fallos 328:1602
- AndinoCSJN · Fallos 328:3041
- Cortiñaz, Susana Emilia c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 09/08/2005
- Flagello, Vicente c/ ANSeS s/ interrupción de prescripciónCSJN · 20/08/2008
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
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