JurisprudenciaARG
Corte Suprema

HIDALGO JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el reajuste de sus haberes previsionales desde abril de 1995 hasta fines de 2006 y la tasa de interés aplicable. La Corte Suprema, siguiendo los precedentes Badaro y Spitale, hizo parcialmente lugar a los recursos, confirmó la tasa de interés fijada y dejó sin efecto el plazo de cumplimiento, que fue ajustado al art. 21 de la ley 26.153.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
H. 347. XXXIX. ROR
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes Ley 26.153 Intereses previsionales Precedente badaro Precedente spitale Anses Recurso ordinario Fundamentacion de agravios Actualizacion previsional

¿Quién es el actor?

José Hidalgo.

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haberes jubilatorios, con reclamo de movilidad desde abril de 1995 hasta fines de 2006 y de intereses.

¿Qué se resolvió?

se rechazó el planteo de fs. 161/167 vta., se declaró parcialmente procedente el recurso ordinario de la ANSeS y procedente el del actor; se ordenó cumplir en el plazo del art. 21 de la ley 26.153; se confirmó la tasa de interés conforme "Spitale" y se dispuso que la movilidad del período "Badaro" se practique con el índice allí fijado, descontando lo que resulte de los incrementos por decreto del Poder Ejecutivo si arrojan una prestación superior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los planteos del titular atinentes al reajuste de haberes solicitado a partir del mes de abril de 1995 hasta fines del año 2006, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal en la causa 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones en el período indicado."

"Los agravios de las partes que se dirigen a objetar la tasa de interés aplicada, encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale' (Fallos: 327:3721), cuyas conclusiones se dan por reproducidas."

"El planteo del organismo previsional relacionado con los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 resultan abstractos ya que dicho aspecto ha sido modificado por la ley 26.153. En consecuencia, corresponde revocar la sentencia en el punto y adecuar el término ordenado a lo dispuesto por el art. 21 de la citada ley."

"Los restantes agravios de la demandada no se refieren a aspectos específicos de la sentencia cuestionada, por lo que carecen del requisito de fundamentación."

El planteo de la jubilada, formulado fuera de término y tendiente a aplicar "Sánchez", "remite al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por esta Corte en el antecedente 'Andino' (Fallos: 328:3041) y en la causa C.617.XLI 'Cortiñaz, Susana Emilia c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 9 de agosto de 2005, cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

Normas que cita

Fallos que cita

  • BadaroCSJN · Fallos 329:3089
  • BadaroCSJN · Fallos 330:4866
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • AndinoCSJN · Fallos 328:3041
  • Cortiñaz, Susana Emilia c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 09/08/2005

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