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Corte Suprema

DINI DANIELA Y OTROS c/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/026 s/AMPARO

Los actores promovieron amparos contra el Estado Nacional por la pesificación de depósitos bancarios dispuesta por la Ley 25.561 y su decreto reglamentario. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro de sus depósitos a la relación de $1,40 por dólar, ajustado por CER más intereses del 4% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 1778. XLI. REX
Pesificacion Ley 25.561 Depositos bancarios en dolares Cer Reintegro de depositos Intereses 4% anual Amparo Corralito Estado nacional Recurso extraordinario

¿Quién es el actor?

Daniela Dini y otros (cuyo listado, junto con el de las demás causas acumuladas, figura en el encabezado de la sentencia).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (PEN) y, en distintos casos, entidades bancarias y el Banco Central de la República Argentina.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reintegro de depósitos bancarios en dólares convertidos a pesos por la Ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas. Reconoció a los actores el derecho a obtener de la entidad bancaria el reintegro del depósito convertido a pesos a razón de $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el momento del pago, más intereses al 4% anual no capitalizable. Deben descontarse los pagos a cuenta efectuados en el pleito y las sumas entregadas en cumplimiento de medidas cautelares, y se excluyen los supuestos en que la obligación se extinguió por canje por bonos del Estado o por aplicación del importe a fines específicos previstos normativamente. Las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado; las de las instancias anteriores se mantienen como fueron resueltas. Las actuaciones se devuelven directamente a primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913), sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."

"El juez Fayt se remite asimismo a las consideraciones efectuadas en su voto emitido en la causa 'Piriz' (Fallos: 330:331), fallada el 6 de marzo de 2007."

"El reconocimiento de tal derecho lo es, en su caso, con el límite pecuniario que resulta de lo decidido por la cámara, y con exclusión de los supuestos en que la obligación emergente de los contratos de depósito se hubiera extinguido a raíz de su canje por bonos del Estado o por haberse aplicado su importe a fines específicos previstos normativamente, tales como la cancelación de deudas con el sistema financiero, adquisición de inmuebles o automóviles."

Nota: la sentencia no desarrolla fundamentos propios; remite a los precedentes citados. Se aclara que el voto del juez Fayt en "Piriz" es una remisión de su postura individual.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • PirizCSJN · 06/03/2007 · Fallos 330:331
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PENCSJN · 28/08/2007

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