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Corte Suprema

GARAY DALMACIO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios del actor y de la ANSeS y revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social que había confirmado la movilidad de la prestación previsional de Dalmacio Garay. El Tribunal aplicó los precedentes Baudou, Arena y Schiariti sobre la determinación del haber inicial y la inconstitucionalidad de los artículos 21, 22 y 23 de la ley 24.463.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 1121. XXXVI. ROR
Movilidad previsional Haber inicial Ley 24.463 Inconstitucionalidad Ley 23.928 Recurso ordinario Anses Baudou Arena Schiariti

¿Quién es el actor?

Dalmacio Garay.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes por movilidad de la prestación previsional.

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes ambos recursos ordinarios y se revocó la sentencia apelada, con el alcance fijado por los precedentes citados. Las costas se impusieron por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las cuestiones relacionadas con la determinación del nivel inicial de la prestación resultan sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por el Tribunal en la causa B.688.XXVIII. 'Baudou, Osvaldo Jorge c/ INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles', fallo aclaratorio del 31 de agosto de 1999, a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."

"Respecto de la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 21, 22 y 23 de la ley 24.463, cabe remitir a los precedentes publicados en Fallos: 323:1861 ('Schiariti') y 324:2360 ('Arena'), y a la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 17 de abril de 2001."

"Los agravios del organismo vinculados con la defensa de limitación de recursos, carecen de fundamento suficiente ya que sólo señalan en forma genérica que tal institución es una base para el cumplimiento de la sentencia, sin invocar un perjuicio concreto... de modo que la objeción se encuentra desierta."

Sobre la ley 23.928, el juez Belluscio se remite a su disidencia en Fallos: 319:3241 ("Chocobar"). Esa remisión es un voto individual y no integra la solución de mayoría.

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 16, 17, 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
  • Ley 23.928Convertibilidad del austral
  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • Baudou, Osvaldo Jorge c/ INPS-Caja Nacional de PrevisiónCSJN · 31/08/1999
  • Arena, AlfredoCSJN · Fallos 324:2360
  • Schiariti, Oscar NicolásCSJN · Fallos 323:1861
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
  • Chocobar, Sixto CelestinoCSJN · Fallos 319:3241

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