LAGORIO NESTOR JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El demandante reclamó el reajuste de su haber previsional frente a la ANSeS, y la Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de ambas partes, ordenó el cumplimiento de la sentencia en el plazo de la ley 26.153 y confirmó la tasa de interés y la imposición de costas. La Corte remitió a los precedentes Spitale y Flagello para resolver los planteos de constitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463 y de la tasa pasiva de interés.
¿Quién es el actor?
Néstor José Lagorio.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber previsional.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos, ordenó el cumplimiento de la sentencia en el plazo previsto por el art. 2 de la ley 26.153 y confirmó la sentencia apelada en cuanto a la tasa de interés y a lo decidido en materia de costas, en concordancia con lo resuelto en "Spitale" y "Flagello".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 2°: "Las objeciones del demandante relacionadas con la constitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463, guardan sustancial analogía con cuestiones que han sido tratadas por esta Corte en la causa F.444.XXXVIII 'Flagello, Vicente c/ ANSeS s/ interrupción de prescripción' (votos concurrentes y disidencias), fallada con fecha 20 de agosto de 2008, a cuyos términos corresponde remitirse."
Considerando 3°: "Las críticas de las partes dirigidas a cuestionar la tasa pasiva de interés, encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale' (Fallos: 327: 3721), cuyas conclusiones se dan por reproducidas."
Considerando 4°: "Deviene abstracto el tratamiento de los planteos relacionados con los artículos 16, 17, 22 y 23 de la ley 24.463, pues dichas normas han sido derogadas por la ley 26.153. En virtud de la entrada en vigencia del último cuerpo legal citado, el cumplimiento de esta sentencia deberá efectuarse en el plazo allí previsto (conf. art. 21)."
Considerando 5°: "Los restantes agravios del organismo previsional no se refieren a aspectos específicos de la sentencia cuestionada por lo que carecen del requisito de fundamentación."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 16, 17, 19, 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153arts. 2, 21 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- Flagello, Vicente c/ ANSeS s/ interrupción de prescripciónCSJN · 20/08/2008
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
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