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Corte Suprema

BASTARRECHEA ELVIRA c/ ARAVENA MAURICIO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario interpuesto por la actora en el juicio Bastarrechea c/ Aravena y otro y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar nuevo fallo conforme a lo resuelto. El ministro Boggiano votó en disidencia por declarar inadmisible el recurso y desestimar la queja.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 869. XXXVI. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Queja Sentencia dejada sin efecto Dictamen del procurador general Admisibilidad Art. 280 cpccn Nuevo fallo Costas

¿Quién es el actor?

Elvira Bastarrechea.

¿A quién se demanda?

Mauricio Aravena y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

No surge del texto de la resolución, que se limita a la decisión sobre el recurso extraordinario y la queja.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se declaró procedente el recurso extraordinario, se dejó sin efecto la sentencia apelada, con costas, y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo fallo. El ministro Boggiano votó en disidencia, considerando el recurso inadmisible (art. 280 del CPCCN) y desestimando la queja.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios del apelante encuentran adecuada respuesta en los fundamentos del dictamen del señor Procurador General, que el Tribunal comparte y hace suyos brevitatis causa."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." Por ello, desestima la queja. (Fundamento en disidencia, no decisión del tribunal.)

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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