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Corte Suprema

PIÑEIRO ALEJANDRO HORACIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el reajuste de su haber de pasividad conforme a la ley 22.731 y la ANSeS interpuso recurso ordinario de apelación ante la Corte Suprema. La Corte confirmó la sentencia apelada, declarando desierto el recurso en cuanto a los agravios de fondo por insuficiencia y remitiendo, en lo referido a limitación de recursos y plazo de cumplimiento, a lo resuelto en la causa Perletto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 602. XXXVI. ROR
Reajuste de haberes previsionales Ley 22.731 Movilidad jubilatoria Ley aplicable a prestaciones previsionales Desercion del recurso Recurso ordinario de apelacion Ley 24.463 Ley 24.241 Limitacion de recursos Costas.

¿Quién es el actor?

Alejandro Horacio Piñeiro.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste del haber de pasividad del actor de acuerdo con lo dispuesto por la ley 22.731 (reajustes varios).

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema confirmó la sentencia apelada, con costas por su orden (art. 21 de la ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I: "no se había cuestionado en la causa la inclusión del titular en el régimen especial de la ley 22.731 y que, en materia previsional, el derecho a las prestaciones es regido por la ley vigente a la fecha del cese o del fallecimiento del afiliado."

Asimismo, expresó la cámara que "la sanción de la ley 24.241 no había afectado la vigencia de los sistemas de movilidad de haberes previstos en leyes especiales que contemplaran fórmulas distintas a la del régimen general, según lo establecido en el art. 160 de la referida ley y de su decreto reglamentario 2433/93."

Corte Suprema, considerando 3°: "los agravios de la demandada en cuanto al fondo del asunto resultan insuficientes para sustentar el recurso, pues no sólo se limitan a reiterar argumentos ya planteados en instancias anteriores del proceso, sino que no se hacen cargo de los fundamentos del fallo recurrido respecto a la ley aplicable para el otorgamiento de los beneficios de carácter previsional (Fallos: 322:792) y enumera normas que nada tienen que ver con el caso a estudio, circunstancias que llevan a declarar, sobre el punto, la deserción del remedio intentado."

Corte Suprema, considerando 4°: "los agravios vinculados con la defensa de limitación de recursos y con el plazo de cumplimiento de la sentencia encuentran adecuada respuesta en lo decidido por esta Corte en la causa P.822.XXXVI. 'Perletto, Ricardo Alberto c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada con fecha 5 de febrero de 2002, a la que cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 22.731Jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463arts. 19, 21 · Solidaridad previsional
  • Ley 24.241art. 160 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Decreto 2433/93

Fallos que cita

  • Perletto, Ricardo Alberto c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 05/02/2002
  • Fallos 322:792CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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