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Corte Suprema

BRIZUELA IGNACIO TIRSO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema hizo lugar a los recursos ordinarios de la ANSeS y del Ministerio Público en el reclamo de reajuste previsional de Ignacio Tirso Brizuela y revocó la sentencia apelada. Lo resolvió con el alcance fijado en los precedentes Arena y Torres Brizuela, que declararon la inconstitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463 (Solidaridad Previsional).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 1032. XXXVII. ROR
Reajuste previsional Solidaridad previsional Inconstitucionalidad art. 21 ley 24.463 Haber jubilatorio Anses Recurso ordinario Ministerio publico Costas por su orden Precedente arena Precedente torres brizuela.

¿Quién es el actor?

Ignacio Tirso Brizuela.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber jubilatorio.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y del Ministerio Público, revocó la sentencia apelada con el alcance que surge de los considerandos de "Arena", e impuso las costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en el precedente publicado en Fallos: 324:2360 ('Arena'), al que cabe remitir por razón de brevedad."

"Que los restantes agravios de la ANSeS guardan sustancial analogía con los examinados y resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

Por ello, el Tribunal resuelve: "declarar procedentes los recursos ordinarios deducidos por la ANSeS y por el Ministerio Público y revocar la sentencia apelada con el alcance que surge de los considerandos de los fallos 'Arena'. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463)."

Nota: el fallo es unánime y no contiene votos en disidencia.

Normas que cita

Fallos que cita

  • ArenaCSJN · Fallos 324:2360
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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