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Corte Suprema

BUENO TORTOSA PILAR c/ P.E.N. s/ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDA

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos en un conjunto de acciones de amparo y de inconstitucionalidad promovidas contra el Poder Ejecutivo Nacional, dejó sin efecto las sentencias apeladas y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme a la doctrina del precedente Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 1954. XLI. REX
Accion declarativa de inconstitucionalidad Amparo Recurso extraordinario Doctrina massa Remision jurisprudencial Poder ejecutivo nacional Sentencia dejada sin efecto Nuevo pronunciamiento Costas en el orden causado Fallos 329:5913

¿Quién es el actor?

Pilar Bueno Tortosa y otros actores de las causas acumuladas (Alcoba, Affuso, Blasi, Cardaci, Gómez, Giorgio, Giménez, Laxagüe, Storiale y Tassara).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (y, en algunos casos, otros demandados como el Estado Nacional).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción declarativa de inconstitucionalidad y acciones de amparo vinculadas a la materia resuelta en el precedente "Massa" (Fallos: 329:5913).

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos extraordinarios, se dejaron sin efecto las sentencias apeladas y se ordenó al tribunal a quo dictar un nuevo pronunciamiento con arreglo a la doctrina de "Massa". Las costas de esta instancia se distribuyeron en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el tribunal expresa que "las cuestiones planteadas en las presentes causas resultan sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos:329:5913), a cuyos fundamentos corresponde remitir-en lo pertinente- en razón de brevedad". Asimismo, el juez Fayt se remite a las consideraciones expuestas en "Piriz" (Fallos:330:331) y el juez Petracchi a su voto en "Vismara, Silvina Sandra c/P.E.N. s/amparo" (sentencia del 29 de abril de 2008). La fundamentación sustancial se encuentra, por remisión, en el precedente "Massa", por lo que el presente pronunciamiento no desarrolla argumentos propios.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · Fallos 329:5913
  • PirizCSJN · Fallos 330:331
  • Vismara, Silvina Sandra c/P.E.N. s/amparoCSJN · 29/04/2008

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