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Corte Suprema

ASTUDILLO MARIA TERESA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema admitió parcialmente el recurso extraordinario de la ANSeS en un reclamo de reajuste previsional y revocó la sentencia apelada, aplicando el criterio fijado en el precedente Estévez, Norma Gloria en materia de movilidad del período 1995-1997.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 1497. XLII. REX
Recurso extraordinario Anses Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Periodo 1995-1997 Precedente estevez Art. 280 cpccn Seguridad social Haber previsional Remision a precedente.

¿Quién es el actor?

María Teresa Astudillo.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por la ANSeS y revocó la sentencia apelada, con el alcance que surge del precedente mencionado. Las demás objeciones del recurso fueron declaradas inadmisibles por aplicación del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la ANSeS relacionados con la pauta de movilidad fijada para el período comprendido entre 1995 y 1997, resultan sustancialmente análogos a los analizados y resueltos por el Tribunal en la causa D.1139.XLII 'Estévez, Norma Gloria c/ ANSeS s/ reajustes varios', votos concurrentes, fallada con fecha 16 de septiembre pasado, a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad."

"Que las restantes objeciones esgrimidas en el recurso extraordinario son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Los fundamentos del caso se remiten íntegramente al precedente "Estévez"; el fallo no desarrolla argumentación propia sobre la pauta de movilidad.

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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