INSTITUTO MUNICIPAL DE OBRA SOCIAL c/ MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y OTRO s/EJECUCION FISCAL
La Corte Suprema hizo lugar a la queja y declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en el conflicto entre el Instituto Municipal de Obra Social y la Municipalidad porteña. El Tribunal resolvió que la acción no corresponde a la jurisdicción judicial de la Nación, revocó la sentencia de fs. 179 y dejó sin efecto todo lo actuado.
¿Quién es el actor?
Instituto Municipal de Obra Social (IMOS).
¿A quién se demanda?
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires (Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, parte recurrente en la queja).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
no surge del fallo, que se limita a remitir al dictamen del Procurador General sin transcribirlo.
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario, se declaró que la acción no es de las que corresponde decidir a los tribunales nacionales, se revocó la sentencia de fs. 179 y se dejó sin efecto todo lo actuado. Sin costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Esta Corte comparte el dictamen del señor Procurador General y se remite a sus fundamentos y conclusiones por razones de brevedad." El fallo no contiene fundamentación propia; los argumentos completos están en el dictamen del Procurador General, que no fue incluido en el texto analizado. No hubo votos en disidencia.
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Normas que cita
- Ley 48art. 16 · Justicia nacional
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