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Corte Suprema

WASINGER HORACIO LEANDRO c/ EVEQUOZ RODOLFO AURELIO s/DESPIDO

La Corte Suprema dejó sin efecto la imposición de costas y la regulación de honorarios vinculadas al recurso extraordinario desestimado y fijó nuevos honorarios a favor del abogado Carlos Alberto Pistoia por los trabajos profesionales realizados y por el escrito presentado en el marco del recurso de queja.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
W. 93. XXXVIII. RHE
Costas Honorarios profesionales Recurso extraordinario Recurso de queja Ley 21.839 Regulacion de honorarios Despido Iva Corte suprema Incidente de honorarios

¿Quién es el actor?

Horacio Leandro Wasinger.

¿A quién se demanda?

Rodolfo Aurelio Evequoz.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Juicio por despido; la cuestión debatida en el incidente es la regulación de honorarios y la imposición de costas del recurso extraordinario desestimado.

¿Qué se resolvió?

La Corte dejó sin efecto lo decidido a fs. 262 respecto de costas y honorarios vinculados al recurso extraordinario desestimado, en razón de que la decisión de fs. 369 había modificado esa imposición de costas y regulación. Fijó en $1.300 los honorarios del doctor Carlos Alberto Pistoia por los trabajos de fs. 252/254 y en $400 los correspondientes al escrito de fs. 343/345 vta., considerando que el régimen de la ley 21.839 no prevé una retribución específica para la tarea en los recursos de queja. Aclaró que los honorarios no incluyen IVA, que deberá adicionarse según la situación del profesional frente al tributo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...teniendo en cuenta que la decisión recaída a fs. 369, importó modificar la imposición de costas y la regulación de honorarios establecidas a fs. 262, con relación al recurso extraordinario desestimado, corresponde dejar sin efecto lo decidido en este aspecto (Fallos: 329:4592) y fijar la retribución requerida con relación a los trabajos profesionales realizados a fs. 252/254, según la labor desarrollada y el resultado obtenido."

"...teniendo en cuenta lo establecido por el citado art. 61 [régimen que no contempla una determinada retribución por la tarea realizada en los recursos de queja], se regulan los honorarios del citado profesional en la suma de cuatrocientos pesos ($ 400)."

Los fundamentos son breves y no hay votos en disidencia; la decisión es unánime.

Normas que cita

  • Ley 21.839arts. 61 incs. b, c y d, 91, 14 · Aranceles y honorarios de abogados
  • Ley 24.432Honorarios profesionales

Fallos que cita

  • Fallos 329:4592CSJN

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