GRAY LILIANA NORMA c/ ESTADO NACIONAL - PODER EJECUTIVO NACIONAL Y BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA - s/AMPARO
La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas en causas por la pesificación de depósitos bancarios y de fondos comunes de inversión. Rechazó la demanda respecto de los fondos comunes de inversión y reconoció a los depositantes el derecho a un reintegro en pesos a $1,40 por dólar ajustado por CER, más intereses del 4% anual.
¿Quién es el actor?
Liliana Norma Gray y otros amparistas (conjunto de causas acumuladas).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (PEN) y Banco Central de la República Argentina, y en algunos casos entidades bancarias.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cuestionamiento de la conversión a pesos de depósitos bancarios en dólares y de cuotas de fondos comunes de inversión dispuesta por los decretos 1570/01 y 214/02 y la Ley 25.561.
¿Qué se resolvió?
se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas. Respecto de los fondos comunes de inversión se rechazó la demanda, conforme a "Mata Peña". Respecto de los depósitos bancarios se reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro de sus depósitos convertidos a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses del 4% anual no capitalizable, computando pagos a cuenta según "Kujarchuk", excluyendo los casos de canje por bonos o aplicación a fines específicos. Costas por su orden en todas las instancias.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte remitió, por razones de brevedad, a los fundamentos y conclusiones de "Massa" (Fallos: 329:5913) respecto de los depósitos bancarios, y a "Mata Peña" (sentencia del 11/12/2007) respecto de los fondos comunes de inversión. Transcripción textual relevante: "Que en lo relativo a los depósitos bancarios, las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos:329:5913), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad." Y: "En lo que respecta a los fondos comunes de inversión resulta aplicable en las presentes actuaciones el criterio establecido por el Tribunal en la causa M.245.XXXIX. 'Mata Peña, José Rafael y otro c/ Estado Nacional y otro s/ amparo'..."
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Normas que cita
- Decreto 1570
- Decreto 214
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
Fallos que cita
- MassaCSJN · Fallos 329:5913
- Mata Peña, José Rafael y otro c/ Estado Nacional y otroCSJN · 11/12/2007
- KujarchukCSJN · 28/08/2007
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