CONSO NORMA BEATRIZ c/ EUREST ARGENTINA S.A. s/DAÑO MORAL- TOPE ART. 245 LCT
La Corte Suprema rechazó el planteo de indemnización por daño moral formulado por el abogado de la actora, al considerar que ese agravio ya había sido resuelto en una sentencia anterior. Asimismo, dejó sin efecto la imposición de costas relativa al recurso extraordinario y fijó los honorarios del letrado en mil pesos.
¿Quién es el actor?
Norma Beatriz Conso.
¿A quién se demanda?
Eurest Argentina S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
despido, con reclamo de indemnización por daño moral.
¿Qué se resolvió?
La Corte no hizo lugar al planteo sobre la indemnización del daño moral, dejó sin efecto la imposición de costas del punto 2) de fs. 399 y fijó los honorarios del doctor Félix M. Arrese Igor en la suma de $1.000, sin incluir el IVA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...se juzgó que el recurso extraordinario 'sólo' había sido concedido 'en la medida en que ponía en juego el art. 14, inc. 3, de la ley 48' (fs. 409). Luego, como en dicha oportunidad fue resuelto el agravio indicado, no existen motivos para elevar nuevamente la causa a fin de que este Tribunal considere cuestiones ajenas a dicho planteo."
"...teniendo en cuenta que la decisión de fs. 409 importó modificar la imposición de costas establecida a fs. 399, punto 2), referida al recurso extraordinario concedido, corresponde dejar sin efecto lo resuelto en ese aspecto (Fallos: 329:4592) y fijar la retribución requerida con relación a los trabajos profesionales realizados a fs. 361/389 vta., según la labor desarrollada y el resultado obtenido."
Honorarios fijados "de conformidad con lo dispuesto por los arts. 61, incs. b, c y d, y 14 de la ley 21.839 (modificada por la ley 24.432). Dichos honorarios no incluyen el impuesto al valor agregado".
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Normas que cita
- Ley 48art. 14 inc. 3 · Justicia nacional
- Ley 21.839arts. 61 incs. b, c y d, 14 · Aranceles y honorarios de abogados
- Ley 24.432Honorarios profesionales
- Ley 20.744
Fallos que cita
- Fallos 329:4592CSJN
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