RAFAGHELLI VIVIANA CAROLINA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social que ordenó a la ANSeS recalcular el haber inicial del jubilado conforme al índice del art. 49 de la ley 18.037 y aplicar la movilidad del precedente Chocobar. El Tribunal rechazó los agravios de la demandada, por considerar que el art. 82 de la ley 18.037 sólo regula la prescripción de haberes devengados y que los coeficientes utilizados por el organismo fueron declarados confiscatorios.
¿Quién es el actor?
Viviana Carolina Rafaghelli.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes por movilidad del haber jubilatorio.
¿Qué se resolvió?
se declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS y se confirmó la sentencia apelada, que había ordenado una nueva determinación del haber inicial y la aplicación de la movilidad prevista en el precedente "Chocobar". Las costas se impusieron por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"el planteo vinculado con el art. 82 de la ley 18.037 no resulta admisible, ya que tal disposición se refiere únicamente a la prescripción de la obligación de pagar haberes devengados, aspecto que ha sido respetado por la sentencia de grado que sólo dispuso la recomposición del primer haber a los fines de determinar una base de cálculo para la movilidad posterior".
"resulta ajustada a derecho la estricta aplicación del índice al que remite el art. 49 de la ley 18.037 para calcular la prestación inicial, pues la demandada no había hecho uso de ese indicador sino de coeficientes que con posterioridad fueron declarados confiscatorios por la propia administración (conf. Resoluciones S.U.S. 4/91 y S.S.S. 28/92, modificada por resolución S.S.S 37/92)".
"los restantes agravios del organismo, vinculados con la defensa de limitación de recursos, han sido examinados y resueltos por esta Corte en la causa P.822.-XXXVI. 'Perletto, Ricardo Alberto c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada con fecha 5 de febrero de 2002, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir".
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Normas que cita
- Ley 18.037arts. 49, 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463arts. 19, 21 · Solidaridad previsional
- Resolución 4/91
- Resolución 28/92
- Resolución 37/92
Fallos que cita
- ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
- Recce, Rubén Roque c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 02/07/2002
- Perletto, Ricardo Alberto c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 05/02/2002
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