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Corte Suprema

FERREYRA BERNARDINA TERESA c/ RUIZ ALEJANDRO JAVIER Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS ACC. TRAN. C/LES. O MUERTE

La Corte Suprema, por mayoría, revocó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, de modo que la condena no puede ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites de la contratación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 632. XLIV. REX
Seguro de responsabilidad civil Franquicia Oponibilidad al tercero damnificado Limites de la contratacion Accidente de transito Danos y perjuicios Recurso extraordinario Citacion en garantia Art. 16 ley 48 Corte suprema.

Actor/Demandante: Bernardina Teresa Ferreyra.

¿A quién se demanda?

Alejandro Javier Ruiz y otros; la aseguradora Protección Seguros del Transporte Público de Pasajeros, citada en garantía, recurrente en el recurso extraordinario.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo de daños y perjuicios derivado de un accidente de tránsito.

¿Qué se resolvió?

la mayoría de la Corte declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, revocó la decisión apelada y estableció que la franquicia contractual es oponible al tercero damnificado, por lo que la sentencia no podrá ejecutarse contra la aseguradora sino dentro de los límites del contrato. Costas por el orden causado en la forma indicada (con costas).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte expresa que los agravios remiten a cuestiones sustancialmente análogas a las ya resueltas en Fallos 329:3054, 329:3488, 330:3483 y en las causas O.166.XLIII, G.327.XLIII y V.389.XLIII (falladas el 4 de marzo de 2008), cuyas consideraciones se dan por reproducidas. Transcripción: "corresponde admitir que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado y que la sentencia no podrá ser ejecutada contra la aseguradora sino en los límites de la contratación (conf. art. 16, segunda parte, ley 48)". Disidencia: la jueza Argibay se remite a su disidencia en la última causa citada (V.389.XLIII), sin resolver de modo distinto en esta causa.

Normas que cita

  • Constitución Nacional
  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional

Fallos que cita

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