SERVANDO DIEGUEZ CARLOS ALBERTO PASTORIZA Y RAMON SEGUNDO GALLARDO s/INCIDENTE DE PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL A FAVOR DE CARLOS ALBERTO PASTORIZA
La Corte Suprema intimó por última vez a dos de los recurrentes a integrar el depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, bajo apercibimiento de ejecución. El tribunal consideró integrada la suma exigida respecto de uno de los recurrentes, en razón de la autonomía de las quejas planteadas.
Actor/recurrente: Servando Dieguez, Carlos Alberto Pastoriza y Ramón Segundo Gallardo, con patrocinio de los Dres. Federico Figueroa, Zenón Alejandro Ceballos y Agustín Esnal.
Demandado/contraparte: no surge del documento (incidente de prescripción de la acción penal a favor de Carlos Alberto Pastoriza).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
recurso de hecho deducido contra la denegatoria de un recurso, en el marco del incidente de prescripción de la acción penal.
¿Qué se resolvió?
la Corte dio por integrada la suma exigida respecto de Servando Dieguez e intimó por última vez a Carlos Alberto Pastoriza y Ramón Segundo Gallardo a depositar, dentro del quinto día, la suma del art. 286 CPCCN, bajo apercibimiento de ejecución.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"del trámite dado a la cuestión resulta suficientemente claro el reclamo del tribunal en orden a la exigencia de pago de tres depósitos (art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) en razón de la autonomía de las quejas articuladas Cmás allá de encontrarse plasmadas en un sólo escritoC". Asimismo, se recordó la "invariable jurisprudencia del tribunal en orden a que sus resoluciones no son susceptibles de reconsideración, revocatoria o nulidad (Fallos 327:45, 234, 1636, 2354, 3065, 3841; 328:3788, 4325, entre otros)".
Antecedentes del trámite: por resolución del 23/10/2007 se desestimó la queja y se intimó al depósito; la parte acompañó boletas por distintos montos ($1.000 cada una) y sostuvo que sólo correspondía un depósito por tratarse de un único recurso.
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Normas que cita
- CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Fallos 327:45CSJN
- Fallos 328:3788CSJN
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