ALBORNOZ CARLOS FERNANDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE
La Procuración General de la Nación dictaminó que corresponde hacer lugar a la queja y al recurso extraordinario interpuesto por un trabajador contra Provincia A.R.T. S.A., en un reclamo por prestaciones de la Ley de Riesgos del Trabajo. Propuso revocar la sentencia de la Cámara que había declarado la incompetencia de la justicia del trabajo, y remitir la causa a la justicia nacional del trabajo.
¿Quién es el actor?
Carlos Fernando Albornoz.
¿A quién se demanda?
Provincia A.R.T. S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cumplimiento de las obligaciones a cargo de la ART, tanto en especie como dinerarias, previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo (L.R.T.), por la minusvalía que el actor padece como consecuencia de un infortunio laboral.
¿Qué se resolvió?
la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, confirmando el decisorio de primera instancia, declaró la incompetencia foral para conocer en la acción, sobre la base de sostener la constitucionalidad de los artículos 21, 22 y 46 de la ley 24.557 y de su decreto reglamentario 717/96. Contra esa decisión el actor interpuso recurso extraordinario, denegado, lo que dio origen a esta queja. La Procuración General dictamina que corresponde hacer lugar a la queja, al recurso extraordinario, revocar la sentencia apelada y remitir las actuaciones a la justicia nacional del trabajo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El apelante sostiene, con base en la doctrina de arbitrariedad de sentencias, que la resolución recurrida desconoce derechos consagrados en los artículos 14 bis, 18, 19, 75 inc. 12, 116 y 121 de la Constitución Nacional y en instrumentos internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional. Señala que el mecanismo de la L.R.T. somete a las víctimas de accidentes laborales a una instancia administrativa cerrada, desigual e incompatible, principalmente, con la garantía del juez natural, al atribuir aptitud jurisdiccional a órganos de naturaleza federal respecto de reclamos entre sujetos privados derivados de un contrato de trabajo. Invoca el precedente "Castillo" (Fallos: 327:3610).
El dictamen sostiene que la cuestión planteada resulta sustancialmente análoga a la considerada por la Corte en autos "Venialgo, Inocencio c/ Mapfre Aconcagua Aseguradora de Riesgos de Trabajo s/ otros" (S.C. V. N° 159, L. XLI), sentencia del 13 de marzo de 2007, y que por ello corresponde hacer lugar a la queja y al recurso extraordinario.
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Normas que cita
- Ley 24.557arts. 21, 22, 46 · Ley de riesgos del trabajo
- Decreto 717/96
- Constitución Nacionalarts. 14 bis, 18, 19, 75 inc. 12, 116, 121
Fallos que cita
- CastilloCSJN · Fallos 327:3610
- Venialgo, Inocencio c/ Mapfre Aconcagua Aseguradora de Riesgos de Trabajo s/ otrosCSJN · 13/03/2007
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