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Corte Suprema

FISCHER ESMERALDA AIDA c/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 s/AMPARO LEY 16986

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios en causas de amparo por la pesificación de depósitos bancarios, dejando sin efecto las sentencias apeladas. Reconoció a los actores el derecho a obtener el reintegro de sus depósitos a $1,40 por dólar, ajustado por CER, más intereses del 4% anual, remitiéndose a los fundamentos del precedente Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 874. XLI. REX
Pesificacion Depositos bancarios Ley 25.561 Decreto 214/02 Amparo Cer Reintegro de depositos Intereses 4% anual Recurso extraordinario Corralito

¿Quién es el actor?

Esmeralda Aida Fischer y otros actores individualizados en la causa (conjunto de amparistas titulares de depósitos bancarios).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (Ley 25.561, Decretos 1570/01 y 214/02) y las entidades bancarias depositarias.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de reintegro de depósitos bancarios en dólares convertidos a pesos por la normativa de emergencia.

¿Qué se resolvió?

Se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas. Se reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro de su depósito a razón de $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta lo abonado en el pleito y en medidas cautelares, con el límite pecuniario de lo decidido por la cámara y excluyendo los casos de canje por bonos o aplicación a fines específicos. Costas de esta instancia en el orden causado; las anteriores se mantienen. Devolución de las actuaciones a primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913), sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad." La decisión se remite a los fundamentos de ese precedente y a la causa "Kujarchuk" (sentencia del 28 de agosto de 2007) en cuanto al modo de imputar los pagos a cuenta. No hubo votos en disidencia.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PENCSJN · 28/08/2007

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