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Corte Suprema

FERNANDEZ DE YACONIS MERCEDES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema confirmó la sentencia que ordenó liquidar la movilidad de la jubilación de la actora conforme a la ley 14.499 hasta el 11 de abril de 1991, y declaró desierto el recurso de la actora. Rechazó los planteos de la ANSeS sobre la tasa pasiva de interés y las objeciones relacionadas con los arts. 22 y 23 de la ley 24.463, remitiendo al precedente Spitale, y ordenó el cumplimiento en el plazo del art. 21 de la ley 26.153.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 124. XL. ROR
Movilidad jubilatoria Ley 14.499 Escala de reduccion Tasa pasiva de interes Ley 24.463 Ley 26.153 Plazo de cumplimiento Recurso ordinario Anses Precedente spitale

¿Quién es el actor?

Mercedes Fernández de Yaconis (jubilada).

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes de la movilidad de la jubilación.

¿Qué se resolvió?

se confirmó la sentencia apelada, que ordenó liquidar la movilidad de la jubilación hasta el 11 de abril de 1991 conforme a la ley 14.499, con el alcance fijado en "Spitale"; se declaró desierto el recurso ordinario de la actora y se admitió parcialmente el de la ANSeS en cuanto al plazo de cumplimiento, que se fijó según el art. 21 de la ley 26.153.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 2°: "los agravios de la jubilada relacionados con la inconstitucionalidad de la escala de reducción prevista en el art. 4° de la ley 14.499, no pueden prosperar pues no especifican cuál sería el perjuicio concreto derivado de tal aplicación".

Considerando 3°: "los planteos del organismo previsional relacionados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale', publicado en Fallos: 327:3721, al que cabe remitir".

Considerando 4°: "las objeciones de la demandada relacionadas con los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 han devenido abstractas, pues el art. 23 citado ha sido derogado por la ley 26.153 y el plazo de cumplimiento establecido en la sentencia habrá de ser modificado en virtud de la entrada en vigencia de la última ley mencionada".

Normas que cita

  • Ley 14.499art. 4
  • Ley 24.463arts. 19, 22, 23 · Solidaridad previsional
  • Ley 26.153art. 21 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

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