LIBERMAN ELISA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó el reajuste de su haber previsional contra la ANSeS. La Corte Suprema revocó parcialmente la sentencia apelada, aplicando los precedentes Flagello, Monzo, Sánchez y Badaro sobre el método de cálculo del haber inicial y la movilidad, y declaró desierto el recurso de la ANSeS por falta de memorial.
¿Quién es el actor?
Elisa Liberman.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes del haber previsional: determinación del haber inicial y su movilidad posterior al 1° de abril de 1991.
¿Qué se resolvió?
Se declaró desierto el recurso ordinario de la ANSeS; se declararon procedentes los recursos del Ministerio Público y de la actora; se revocó la sentencia apelada con el alcance fijado en los precedentes Flagello, Monzo y Sánchez; y se dispuso que la movilidad por el período fijado en Badaro se practique con el índice allí establecido, salvo que los incrementos dispuestos por decretos del Poder Ejecutivo durante ese mismo período arrojen una prestación superior, caso en el cual se estará a ese resultado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"[...] resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal en las causas 'Monzo' (Fallos: 329:3211), 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833) y 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones por el período comprendido entre el 1° de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2006."
Sobre la pretensión de sustituir el índice legal por uno combinado de costo de vida y salario de peón industrial: "carece de fundamento pues no ha demostrado el perjuicio actual y concreto que la aplicación del índice del nivel general de remuneraciones podría ocasionar en su prestación [...] circunstancia que lleva a declarar la deserción del remedio intentado sobre el punto."
Sobre la inconstitucionalidad de la ley 25.344: "ha sido formulado de manera genérica, sin alegar el daño específico que su aplicación podría producir."
Sobre el art. 21 de la ley 24.463: las objeciones "guardan sustancial analogía con cuestiones que han sido tratadas por esta Corte en la causa 'Flagello'".
Sobre el art. 19 de la ley 24.463: "resulta abstracto expedirse sobre la validez constitucional [...] pues dicha ha sido derogada por la ley 26.025."
Sobre el recurso de la ANSeS: "no presentó el memorial exigido por dicha norma [art. 280, segundo párrafo, CPCCN], por lo que corresponde declarar la deserción del remedio intentado."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 24.463arts. 19, 21 · Solidaridad previsional
- Ley 25.344Emergencia economica-financiera
- Ley 26.025art. 19 · Solidaridad previsional
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Constitución Nacional
Fallos que cita
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.