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Corte Suprema

STASEVICH VALENTINA c/ ANSES s/S/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario de una jubilada contra la ANSeS y revocó la sentencia apelada. Ordenó recalcular la movilidad del haber previsional desde el 11 de abril de 1991 conforme a los precedentes Sánchez y Badaro, descontando los aumentos otorgados por decreto y prevaleciendo la prestación más alta.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 1568. XLI. RHE
Movilidad jubilatoria Haber previsional Anses Recurso extraordinario Recurso de hecho Precedente sanchez Precedente badaro Decretos de aumento Tasa de interes Seguridad social

¿Quién es el actor?

Valentina Stasevich.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por la movilidad del haber previsional a partir del 11 de abril de 1991, y cuestionamiento de la tasa de interés aplicada.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada y dispuso que la movilidad se practique según el índice fijado en "Badaro", salvo que los incrementos por decreto del período arrojen una prestación superior. Respecto de la tasa de interés, no intervino por aplicación de "Banco Sudameris".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las objeciones vinculadas con la movilidad del haber previsional a partir del 11 de abril de 1991, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal en las causas 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833) y 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones por el período comprendido entre el 11 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2006."

"Que los planteos vinculados con la tasa de interés no justifican la intervención del Tribunal según lo resuelto en el precedente 'Banco Sudameris' (Fallos: 317:507) al que cabe remitir por razones de brevedad."

Fallos que cita

  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • BadaroCSJN · Fallos 329:3089
  • BadaroCSJN · Fallos 330:4866
  • Banco SudamerisCSJN · Fallos 317:507

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