ESTEVES JOSE c/ ANSES s/DEPENDIENTES: OTRAS PRESTACIONES
El actor promovió demanda contra la ANSeS para que se le reconocieran tareas en relación de dependencia y se le otorgara jubilación ordinaria. La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social que reconoció los servicios prestados en Ciervo S.A.C.I. por ser concordantes y suficientes las declaraciones testimoniales, pese a la ausencia de prueba documental y la desaparición de la empresa.
¿Quién es el actor?
José Esteves.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reconocimiento de servicios prestados para la firma "Ciervo S.A.C.I." entre el 1° de enero de 1960 y el 30 de diciembre de 1971, a fin de acceder a la jubilación ordinaria.
¿Qué se resolvió?
la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que había revocado el fallo de primera instancia y reconocido las tareas denunciadas. Costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...si bien es cierto que la prueba testifical es coadyuvante y no esencial para probar servicios, no es menos cierto que frente a la ausencia de prueba documental y a la desaparición de la empresa, no corresponde privar de eficacia a las declaraciones respectivas cuando se trata de servicios de tan antigua data y han depuesto concordemente y con suficiente certeza sobre la realización de las tareas denunciadas, máxime si se considera que durante la época de la prestación laboral no existía disposición que obligara al dependiente a efectuar denuncia alguna en caso de que el empleador no cumpliera con las obligaciones a su cargo."
"...los agravios de la demandada carecen de entidad suficiente para justificar la modificación del fallo que se pretende, pues el criterio de la alzada no se apartó de lo prescripto por las normas legales aplicables ni prescindió de las pruebas aportadas a la causa, aparte de que los jueces han obrado con la cautela aconsejada por la doctrina de esta Corte en materia previsional."
El recurso de la ANSeS se fundaba en la ineficacia de la prueba testimonial, el incumplimiento del art. 58 de la ley 18.037 y la naturaleza contributiva del sistema previsional; la Corte no los consideró suficientes.
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 19, 21 · Solidaridad previsional
- Ley 18.037art. 58 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- Fallos 310:2159CSJN
- Fallos 313:835CSJN
- Fallos 315:1256CSJN
- Fallos 316:1705CSJN
- Fallos 319:2351CSJN
- Fallos 320:364CSJN
- Fallos 322:2926CSJN
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