MOLINA ZEQUEIRA EDUARDO HUGO c/ M° J Y DDHH ART 3 LEY 24043 RESOL 1084/06 (EX 146413/04) s/
La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró admisible el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional y dejó sin efecto la sentencia de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal en cuanto fue motivo de agravios. La decisión se fundó en remitir a los fundamentos y conclusiones del dictamen de la Procuradora Fiscal, ordenando el dictado de un nuevo fallo.
¿Quién es el actor?
Eduardo Hugo Molina Zequeira.
¿A quién se demanda?
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo fundado en el art. 3° de la ley 24.043 (régimen de reparación a personas privadas de libertad por motivos políticos durante el período 1976-1983), cuestionado a través de la resolución 1084/06 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
¿Qué se resolvió?
se declaró admisible el recurso extraordinario del Estado Nacional, se dejó sin efecto el pronunciamiento apelado en cuanto fue motivo de agravios y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo fallo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la Corte expresó que comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a los que remite en razón de brevedad. El texto de la sentencia no transcribe otros considerandos; los argumentos concretos del dictamen no surgen del documento analizado.
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Normas que cita
- Ley 24.043art. 3 · Indemnizaciones
- Resolución 1084
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