GRANDOLI EDUARDO MARIANO c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTROS Y OTRO s/AMPARO
El depositante de una caja de ahorro en dólares promovió amparo contra el Estado Nacional y entidades bancarias por la pesificación de sus depósitos. La Corte Suprema hizo lugar parcialmente a la queja, dejó sin efecto la sentencia apelada, rechazó la demanda respecto de los fondos comunes de inversión y reconoció el derecho del actor al reintegro de su depósito en dólares convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER e intereses del 4% anual.
¿Quién es el actor?
Eduardo Mariano Grandoli.
¿A quién se demanda?
Poder Ejecutivo Nacional y otros; en el recurso extraordinario, Citibank N.A. Sucursal Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
amparo contra la pesificación y reprogramación de depósitos bancarios (caja de ahorro en dólares, caja de ahorro en moneda nacional y fondos comunes de inversión).
¿Qué se resolvió?
se hace lugar a la queja y se declaran procedentes los recursos extraordinarios, con las salvedades indicadas; se deja sin efecto la sentencia apelada; se rechaza la demanda respecto de los fondos comunes de inversión; se declara abstracta la cuestión relativa a la caja de ahorro en moneda nacional; y se reconoce el derecho del actor al reintegro de su caja de ahorro en dólares convertida a $1,40 por dólar, ajustada por CER hasta el pago, con intereses del 4% anual no capitalizable, descontando pagos a cuenta. Las costas se distribuyen en el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"1°) Que en lo relativo a la caja de ahorro en dólares constituida en el Citibank N.A. Sucursal Buenos Aires, las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913) a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en lo pertinente por razones de brevedad."
"3°) Que, en lo atinente a la caja de ahorro constituida en moneda nacional, toda vez que el plazo máximo de reprogramación ha fenecido, cabe concluir que ha devenido abstracta la cuestión planteada en ese aspecto."
"4°) En lo que respecta a los fondos comunes de inversión resulta aplicable en las presentes actuaciones el criterio establecido por el Tribunal en la causa M.245.XXXIX. 'Mata Peña, José Rafael y otro c/ Estado Nacional y otro s/ amparo', sentencia del 11 de diciembre de 2007 (Fallos: 330:5111), a la que asimismo corresponde remitirse en lo pertinente."
La sentencia aclara que el reconocimiento del derecho queda limitado por el monto fijado por la cámara y excluye los supuestos en que la obligación se hubiera extinguido por canje por bonos del Estado o aplicación del importe a fines específicos previstos normativamente.
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Normas que cita
- Constitución Nacional
Fallos que cita
- MassaCSJN · Fallos 329:5913
- PirizCSJN · Fallos 330:331
- Mata Peña, José Rafael y otro c/ Estado Nacional y otroCSJN · 11/12/2007 · Fallos 330:5111
- KujarchukCSJN · Fallos 330:3680
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