JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ARDITO ALFREDO Y OTRA c/ PEN s/AMPARO

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios de los ahorristas y dejó sin efecto las sentencias apeladas, reconociendo su derecho a recuperar sus depósitos en dólares convertidos a pesos a $1,40 por dólar, ajustados por CER más intereses del 4% anual, con descuento de los pagos ya efectuados.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 1234. XLIV. REX
Depositos bancarios en dolares Pesificacion Ley 25.561 Decreto 1570/01 Cer Reintegro de depositos Intereses 4% anual Pagos a cuenta Recurso extraordinario Amparo colectivo

¿Quién es el actor?

Alfredo Ardito y otra, junto con los restantes actores acumulados en las causas indicadas en el encabezado.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional y entidades bancarias intervinientes.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reintegro de depósitos bancarios en dólares estadounidenses, reconvertidos a pesos tras la Ley 25.561 y los Decretos 1570/01 y 214/02.

¿Qué se resolvió?

Se dejaron sin efecto las sentencias apeladas y se reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro de su depósito a $1,40 por dólar, ajustado por CER y con intereses del 4% anual no capitalizable, descontando los pagos ya realizados (incluidos los efectuados en cumplimiento de medidas cautelares). Se excluyen los casos en que la obligación se extinguió por canje de bonos o aplicación de los fondos a fines específicos. Las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado; las de las instancias anteriores se mantienen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913), sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad." Asimismo, la Corte remite a la causa "Kujarchuk" (sentencia del 28 de agosto de 2007) para el modo de computar los pagos a cuenta. Se señala la "excepcional situación suscitada en esta clase de causas" como fundamento para mantener las costas de instancias anteriores y para devolver las actuaciones directamente a primera instancia, encomendando a los jueces la notificación, dado que el precedente se encuentra publicado en la web del Tribunal.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PEN Ley 25.561 dtos. 1570/01 214/02 s/amparo ley 16.986CSJN · 28/08/2007

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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