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Corte Suprema

GERMAN ARON s/DEDUCE ACCION DE NULIDAD EN AUTOS: RECURSO DE HECHO G 413/00 GERMAN ARON C/ ANSES

El peticionario Germán Arón promovió una acción de nulidad contra decisiones previas de la Corte Suprema en el marco de un recurso de hecho contra la ANSeS. La Corte desestimó la acción in limine por improcedente, con fundamento en que sus decisiones no son susceptibles de esa vía, y apercibió al peticionario por sus planteos reiterados e infundados.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 310. XXXIX. PVA
Accion de nulidad Decisiones jurisdiccionales de la corte Improcedencia in limine Recurso de hecho Apercibimiento Abuso de planteos procesales Seguridad social Anses Cosa juzgada Garantia de defensa

¿Quién es el actor?

Germán Arón.

¿A quién se demanda?

No hay demandado formal; la acción de nulidad se dirige contra decisiones de la propia Corte Suprema en la causa G.413/00 "Germán, Arón c/ ANSeS".

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de nulidad de decisiones jurisdiccionales de la Corte en el recurso de hecho.

¿Qué se resolvió?

Se desestima la acción de nulidad, se rechaza in limine y se apercibe al peticionario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la acción de nulidad deducida por el actor resulta manifiestamente improcedente y debe ser rechazada in limine, habida cuenta de que las decisiones del Tribunal no son susceptibles, en principio, de la acción intentada (conf. Fallos: 311:272, 458, 2023; 313:508; 318:2308; 323:2215), máxime cuando el peticionario ha planteado respecto de la sentencia de fondo otros recursos de revocatoria y nulidad que ya han sido desestimados por la Corte".

"sin demostrar que la decisión contenga errores concretos y graves que puedan afectar su validez como acto jurisdiccional, y sin hacerse debido cargo de los extensos fundamentos dados por esta Corte, las impugnaciones del demandante se basan en aserciones genéricas y dogmáticas, ineficaces para demostrar lesión alguna de orden constitucional a su respecto".

"frente a los innumerables planteos, recursos, incidentes y acciones manifiestamente improcedentes deducidas por el demandante, el Tribunal estima que corresponde hacerle saber que en lo sucesivo no se dará curso a peticiones, aparte de que resulta justificado aplicarle un nuevo apercibimiento para que en lo sucesivo guarde estilo y no formule veladas imputaciones carentes de sustento y razonabilidad".

Fallos que cita

  • Fallos 311:272CSJN
  • Fallos 313:508CSJN
  • Fallos 318:2308CSJN
  • Fallos 323:2215CSJN

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