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Corte Suprema

RONDON LUIS ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario de la parte actora y confirmó la sentencia apelada en materia de reajuste previsional, remitiendo a los precedentes Perletto (Fallos: 325:98) y Aguilar (Fallos: 325:1185) en lo relativo al plazo de cumplimiento y a la tasa de interés.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 718. XXXVII. ROR
Reajuste previsional Haberes jubilatorios Anses Plazo de cumplimiento Modalidades de cumplimiento de sentencia Tasa de interes Recurso ordinario Fallos 325:98 (perletto) Fallos 325:1185 (aguilar) Seguridad social

¿Quién es el actor?

Luis Angel Rondón.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haberes previsionales, incluyendo el plazo y modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste y la tasa de interés aplicable.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso ordinario deducido y se confirmó la sentencia apelada, con el alcance que surge de los considerandos de los fallos citados. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la cuestión que se suscita en la presente causa, vinculada con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por este Tribunal en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

"Que los agravios vinculados con la tasa de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 325:1185 ('Aguilar'), a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."

Parte resolutiva: "declarar procedente el recurso ordinario deducido y confirmar la sentencia apelada con el alcance que surge de los considerandos de los fallos citados."

No se registran votos en disidencia en el texto transcripto.

Normas que cita

  • Constitución Nacional
  • Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • AguilarCSJN · Fallos 325:1185

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