TEVEZ ZEGARRA RICARDO GABRIEL s/CAUSA N° 7843
La Corte Suprema hizo lugar a la queja por denegación del recurso extraordinario interpuesto por la defensa de Ricardo Gabriel Tevez Zegarra y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Casación Penal. Ordenó remitir los autos para que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto en la causa Acosta.
¿Quién es el actor?
Ricardo Gabriel Tevez Zegarra, representado por el defensor oficial.
¿A quién se demanda?
No aplica; se trata de un proceso penal. El tribunal de origen fue la Cámara Nacional de Casación Penal, Sala III, y previamente intervino el Tribunal Oral en lo Criminal N° 15 de la Capital Federal.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho deducido contra la denegación del recurso extraordinario contra la sentencia de la Cámara de Casación.
¿Qué se resolvió?
La Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, devolviendo los autos al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que resulta aplicable al caso, en lo pertinente, lo resuelto en la causa A.2186.XLI 'Acosta, Alejandro Esteban s/ infracción art. 14, 1° párrafo de la ley 23.737', resuelta el 23 de abril de 2008, a cuyos términos corresponde remitirse en razón de brevedad." La decisión mayoritaria se remite al precedente Acosta. En disidencia, los Dres. Petracchi y Argibay consideraron que el recurso extraordinario era inadmisible (art. 280 del CPCCN) y desestimaron la queja, intimando a la recurrente a acreditar el beneficio de litigar sin gastos o efectuar el depósito del art. 286. Esta postura es la minoritaria y no constituye la decisión del tribunal.
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Normas que cita
- Ley 23.737arts. 14, 1° párrafo · Modificacion al codigo penal
- Ley 17.454
Fallos que cita
- Acosta, Alejandro Esteban s/ infracción art. 14, 1° párrafo de la ley 23.737CSJN · 23/04/2008
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