JurisprudenciaARG
Corte Suprema

CATTANEO MARIA LUISA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Una jubilada reclamó el reajuste de sus haberes previsionales por movilidad y la aplicación de la tasa de interés. La Corte Suprema, por mayoría, hizo lugar parcialmente al reclamo al disponer la movilidad conforme al precedente Badaro y confirmar la tasa de interés fijada en Spitale, rechazando el pedido posterior fundado en Sánchez.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1544. XXXIX. ROR
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes Precedente badaro Tasa de interes Tasa pasiva Ley 26.153 Anses Camara federal de la seguridad social Intereses previsionales Decretos de incrementos

¿Quién es el actor?

María Luisa Cattaneo (jubilada).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes jubilatorios por movilidad desde abril de 1995 hasta fines de 2006, y cuestiones vinculadas a la tasa de interés aplicable.

¿Qué se resolvió?

se desestimó el pedido de la actora de fs. 156 (aplicación del precedente "Sánchez"); se declaró procedente el recurso ordinario de la actora; se declaró parcialmente procedente el recurso de la ANSeS; se confirmó la sentencia apelada en cuanto a la tasa de interés aplicada conforme al precedente "Spitale"; se ordenó el cumplimiento en el plazo del art. 21 de la ley 26.153; y se dispuso que la movilidad por el lapso indicado en "Badaro" se practique con el índice allí fijado, salvo que los incrementos por decretos del Poder Ejecutivo en igual período arrojen una prestación superior, en cuyo caso deberá estarse a ese resultado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...el art. 55 de la ley 18.037 encuentra adecuada respuesta en lo resuelto por el Tribunal en el precedente 'Panizza', publicado en Fallos: 326:216..."

"...los agravios del titular atinentes al reajuste de haberes solicitado a partir del mes de abril de 1995 hasta fines del año 2006, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por esta Corte en el precedente 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo..."

"...el pedido de fs. 156, formulado con posterioridad al vencimiento de los plazos y tendiente a que se aplique lo decidido en el caso 'Sánchez'..., guarda sustancial analogía con el analizado por esta Corte y resuelto en contra de sus pretensiones en las causas 'Andino' (Fallos: 328:3041) y C.617.XLI 'Cortiñaz...'..."

"...las objeciones del organismo previsional relacionadas con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale', publicado en Fallos: 327:3721, al que cabe remitir."

"...resulta abstracto el tratamiento de los planteos de la ANSeS que se refieren a los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, pues el art. 23 mencionado ha quedado derogado según lo dispuesto por la ley 26.153..."

Normas que cita

  • Ley 18.037art. 55 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463arts. 19, 22, 23 · Solidaridad previsional
  • Ley 26.153arts. 21, 23 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • PanizzaCSJN · Fallos 326:216
  • BadaroCSJN · Fallos 329:3089
  • BadaroCSJN · Fallos 330:4866
  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • AndinoCSJN · Fallos 328:3041
  • Cortiñaz, Susana Emilia c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 09/08/2005
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.