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Corte Suprema

MONTENEGRO DE ISOLA MARIA ELIA EN REPRESENTACION DE SUS HIJOS MENORES ISOLA MONTENEGRO IGNACIO ALEJANDRO, MARIA FLORENCIA Y MATIAS c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE ECONOMIA - BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y BANCO RIO DE LA PLATA s/AMPARO Y MEDIDA CAUTELAR

La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de Salta en un amparo por la conversión a pesos de depósitos bancarios en dólares. Reconoció al actor el derecho a obtener del banco el reintegro de su depósito a $1,40 por dólar, ajustado por CER más intereses del 4% anual, siguiendo los fundamentos de los precedentes Massa y Piriz.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 452. XXXIX. REX
Amparo Depositos en dolares Pesificacion Decreto 1570/01 Cer Intereses Restitucion de depositos Banco rio de la plata Estado nacional Medida cautelar

¿Quién es el actor?

Ignacio Alejandro, María Florencia y Matías Isola Montenegro, representados por su madre, María Elia Montenegro de Isola.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Economía), Banco Central de la República Argentina y Banco Río de la Plata S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo y medida cautelar tendientes a obtener la restitución de depósitos en dólares estadounidenses inmovilizados en la entidad bancaria tras la pesificación dispuesta por el Decreto 1570/01 y normas complementarias.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios del Estado Nacional y del Banco Río de la Plata, dejó sin efecto la sentencia apelada y reconoció el derecho del actor al reintegro del depósito a $1,40 por dólar, ajustado por CER, con intereses del 4% anual no capitalizable, descontando los pagos ya efectuados y con los límites señalados en la parte resolutiva. Declaró inoficioso el pronunciamiento sobre el recurso de la actora, por haber devenido abstracta la cuestión al vencer los plazos de la reprogramación, e impuso las costas de esta instancia en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el tribunal remitió, por razones de brevedad, a los fundamentos y conclusiones de las causas "Massa" (Fallos: 329:5913) y "Piriz" (Fallos: 330:331), por considerar que las cuestiones planteadas eran sustancialmente análogas. No se consignan en el fallo fundamentos autónomos de desarrollo. Se incorporó como referencia el criterio fijado en "Kujarchuk" (Fallos: 330:3860) para la imputación de pagos a cuenta. No hubo votos en disidencia.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · Fallos 329:5913
  • PirizCSJN · Fallos 330:331
  • KujarchukCSJN · 28/08/2007 · Fallos 330:3860

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