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Corte Suprema

LAZZARI ROBERTO HECTOR c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

Un jubilado promovió reclamo contra la ANSeS por reajuste de su haber previsional con motivo de la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y del Ministerio Público y revocó la sentencia apelada, con el alcance fijado en el precedente Arena.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 520. XXXVII. ROR
Reajuste por movilidad Haber previsional Ley de solidaridad previsional Art. 21 ley 24.463 Inconstitucionalidad Anses Recurso ordinario Ministerio publico Costas Precedente arena.

¿Quién es el actor?

Roberto Héctor Lazzari.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haber previsional por movilidad, cuestionando la aplicación del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios interpuestos por la ANSeS y por el Ministerio Público, revocó la sentencia apelada con el alcance que surge de los considerandos de "Arena" y dispuso que las costas se impongan por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la cuestión que se suscita en la presente causa relacionada con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional ha sido resuelta por esta Corte en el precedente publicado en Fallos: 324:2360 ('Arena'), cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

"Que los restantes agravios de la ANSeS guardan sustancial analogía con los examinados y resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

Nota: la sentencia es breve y remite íntegramente a los fundamentos de "Arena" y "Torres Brizuela", por lo que el análisis sustancial se encuentra en esos precedentes.

Normas que cita

Fallos que cita

  • ArenaCSJN · Fallos 324:2360
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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