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Corte Suprema

COMPAÑIA MICROOMNIBUS LA COLORADA S.A.C.I. c/ BUENOS AIRES, PROVINCIA DE s/ACCION DECLARATIVA DE INCOSTITUCIONALIDAD (INGRESOS BRUTOS)

La Compañía Microómnibus La Colorada S.A.C.I. promovió una acción declarativa de inconstitucionalidad contra la Provincia de Buenos Aires para cuestionar el cobro de ingresos brutos sobre transporte interjurisdiccional de pasajeros. La Procuración General dictaminó que la causa no corresponde a la instancia originaria de la Corte, porque la demandada sustancial es ARBA, una entidad autárquica, y no la Provincia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1540. XLIV. ORI
Competencia originaria Accion declarativa de inconstitucionalidad Ingresos brutos Transporte interjurisdiccional Arba Entidad autarquica Legitimacion pasiva Ley 13.766 Procuracion general Dictamen de competencia

¿Quién es el actor?

Compañía Microómnibus La Colorada S.A.C.I.

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

declaración de inconstitucionalidad de la resolución determinativa y sancionatoria de la Dirección de Rentas 114/07, que pretendía gravar con ingresos brutos la actividad de transporte automotor interjurisdiccional de pasajeros correspondiente al año 2003.

¿Qué se resolvió?

La Procuradora General dictaminó que el proceso no corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema, por cuanto la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) es una entidad autárquica de derecho público creada por la ley 13.766 (arts. 1° y 2°), de modo que el Estado provincial no está sustancialmente demandado. Remite a los fundamentos del dictamen previo en la causa "Trenes de Buenos Aires S.A. y otros c/ Buenos Aires, Provincia de y Estado Nacional (tercero)" (T.294.XLII, dictamen del 12 de junio de 2008).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"A mi modo de ver, la cuestión de competencia en examen resulta sustancialmente análoga a la que fue objeto de tratamiento por este Ministerio Público in re T.294. XLII". "...a partir de la sanción de la ley local 13.766 (arts. 1° y 2°) se le otorga carácter de entidad autárquica de derecho público a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires -ARBA-, por lo que cabe concluir que el Estado provincial no está sustancialmente demandado en autos."

Normas que cita

  • Constitución Nacionalarts. 116, 117
  • Ley 13.766 (Provincia De Buenos Aires)arts. 1, 2

Fallos que cita

  • Trenes de Buenos Aires S.A. y otros c/ Buenos Aires, Provincia de y Estado Nacional (tercero) s/ acción declarativa de certezaProcuración General de la Nación · 12/06/2008

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