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Corte Suprema

VARELA ALBERTO FAUSTINO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró desierto el recurso del Ministerio Público por falta de memorial y admitió el recurso de la ANSeS, revocando la sentencia de Cámara en materia de reajustes previsionales. La decisión se apoya en los precedentes Schiariti, Iglesias y Arena, que declararon la inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463 y del artículo 21 de la ley de Solidaridad Previsional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 24. XXXVIII. ROR
Reajustes previsionales Movilidad jubilatoria Ley 24.463 Articulos 22 y 23 Ley de solidaridad previsional Articulo 21 Inconstitucionalidad Recurso extraordinario Memorial Anses

¿Quién es el actor?

Alberto Faustino Varela.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

revocación de la sentencia apelada, con el alcance fijado en los precedentes citados. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No obstante haberse notificado al Ministerio Público de la providencia que ordenaba poner los autos en secretaría a los fines del artículo 280, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, no presentó el memorial exigido por dicha norma."

"Los agravios de la ANSeS relacionados con la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, han sido examinados y resueltos por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:1861 ('Schiariti') y en la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 17 de abril de 2001."

"Las cuestiones vinculadas con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltas por esta Corte en Fallos: 324:2360 ('Arena'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Schiariti, Oscar NicolásCSJN · 17/04/2001 · Fallos 323:1861
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
  • Arena, AlfredoCSJN · Fallos 324:2360

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