PEVICH SAMUEL JULIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó el reajuste de su haber jubilatorio y la ANSeS cuestionó el cómputo del haber inicial, la validez constitucional del art. 19 de la ley 24.463 y la prescripción liberatoria. La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social que ordenó el reajuste, remitiendo a su doctrina previa sobre movilidad, cómputo del haber y validez de la ley 24.463.
¿Quién es el actor?
Samuel Julio Pevich.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber jubilatorio.
¿Qué se resolvió?
se declararon procedentes los recursos ordinarios y se confirmó la sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social que ordenó el reajuste del haber. Costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 2°: "Los agravios del actor relacionados con la determinación de su primer haber no guardan relación con lo decidido por el a quo, pues se dirigen contra una limitación -a los últimos quince años de aportes- que se habría impuesto en el método de cómputo de aquel monto inicial, aspecto que no se observa en la sentencia apelada que, sobre el punto, se adecua a la doctrina fijada en la causa M.427.XXXVI 'Makler, Simón c/ ANSeS s/ inconstitucionalidad ley 24.463', fallada el 20 de mayo de 2003."
Considerando 3°: "Deben desestimarse las objeciones del interesado vinculadas con la validez constitucional del art. 19 de la ley 24.463 y con la movilidad de la prestación, pues sólo expresan discrepancias con el criterio que emana de los precedentes publicados en Fallos: 319:3241 ('Chocobar'), 322:2226 ('Heit Rupp') y 323:555 ('Gonzalez'), sin que se adviertan razones que justifiquen apartarse de la solución adoptada."
Considerando 4°: los planteos sobre la validez constitucional de los arts. 21, 22 y 23 de la ley 24.463 "han sido resueltos contra las pretensiones del apelante en los precedentes publicados en Fallos: 323:1861 ('Schiariti') y 324:2360 ('Arena'), y en la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad'".
Considerando 5°: los planteos de la demandada sobre la prescripción liberatoria (art. 82, ley 18.037) "han recibido adecuada respuesta en el precedente de este Tribunal G.829.XXXV. 'Giusio, Mauricio c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad' (considerando 4°), fallado con fecha 4 de septiembre de 2001, por lo que deben ser desestimados."
Considerando 6°: los restantes agravios de la ANSeS "resultan sustancialmente análogos a los examinados por esta Corte en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir por razón de brevedad."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 19, 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- Makler, Simón c/ ANSeS s/ inconstitucionalidad ley 24.463CSJN · 20/05/2003
- ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
- Heit RuppCSJN · Fallos 322:2226
- GonzalezCSJN · Fallos 323:555
- SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
- ArenaCSJN · Fallos 324:2360
- Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
- Giusio, Mauricio c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 04/09/2001
- Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135
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